En una medida orientada a regular el uso del espacio urbano y frenar el deterioro de la vía pública tras los períodos proselitistas, el Concejo Deliberante de Gualeguaychú sancionó una nueva ordenanza que impone un plazo estricto para la remoción de la cartelería política. A partir de esta normativa, todas las agrupaciones partidarias tendrán un límite máximo de 30 días corridos posteriores a cada comicio para desmontar afiches, retirar estructuras metálicas, blanquear pintadas y restituir los bienes públicos a su estado original.
La ordenanza alinea el régimen local con el Código Electoral de Entre Ríos, permitiendo el despliegue de propaganda en la vía pública únicamente durante los 30 días previos a la fecha de las elecciones. Con esta sanción, el cuerpo deliberativo unificó y actualizó un plexo normativo que databa de 1988, derogando las ordenanzas N.º 8.404/1988, N.º 10.149/1995, N.º 10.720/2004 y N.º 10.741/2004 para establecer un marco de control administrativo unificado sobre la publicidad urbana.
Autorizaciones previas, prohibiciones y régimen de multas
La Dirección de Planeamiento municipal fue designada como autoridad de aplicación y será la encargada de otorgar los permisos previos tras evaluar las condiciones de seguridad, accesibilidad y visibilidad vial. La norma prohíbe de forma expresa la colocación de anuncios en monumentos, fuentes, arbolado público, columnas de alumbrado, semáforos y señales de tránsito, así como cualquier instalación que entorpezca el tránsito vehicular o la circulación peatonal.
En cuanto al régimen sancionatorio, la responsabilidad por los excesos cometidos durante la campaña recaerá directamente sobre las agrupaciones políticas intervinientes. En caso de inobservancia o abandono de las estructuras, los juzgados de faltas podrán aplicar sanciones que van desde apercibimientos formales hasta penas pecuniarias de entre 50 y 1.500 días multa, obligando a los espacios partidarios a hacerse cargo del costo operativo que demande la limpieza de la ciudad.
